El punto de partida: Constitución de la República De El
Salvador
La persona humana y los fines del estado
Art.1.- El Salvador reconoce a la persona humana como el
origen y el fin de la actividad del Estado, que está
organizado para la consecución de la justicia, de la seguridad jurídica y del
bien común.
En consecuencia, es obligación del Estado asegurar a los
habitantes de la República, el goce de la libertad, la salud, la cultura, el
bienestar económico y la justicia social.
1. Cambio en la visión del país
Una nación salvadoreña con sentido de identidad de patria y
destino compartido, viviendo en armonía, progreso, en paz consigo misma y
enfocada al bien común.
Fundamentada en 4 visiones elementales
“La corrupción impide el
crecimiento económico al elevar los costos y socava la gestión sostenible del
medio ambiente y los recursos naturales. Asimismo, quebranta los derechos
fundamentales, agrava la pobreza e incrementa la
desigualdad al desviar fondos de la atención de la salud, la educación y otros
servicios esenciales.”
Ban Ki Moon,
Secretario General de la ONU,
en el Día Internacional contra la Corrupción.
DIAGNÓSTICO
La corrupción y la impunidad son las causas de la
desigualdad y la pobreza que tenemos en el país. Si no las combatimos de manera
integral e imparcial nunca podremos implementar un plan de gobierno sin el
desvío de fondos públicos hacia otros intereses.
Nuestra institucionalidad es frágil, existe demasiado
tráfico de influencias e infiltración del crimen organizado en nuestras
instituciones de justicia para defendernos adecuadamente como Estado.
Problemas
Antecedentes del problema
Consecuencias del problema
2. Enfoque Anticorrupción
Cambio estructural
2.1.1. No prescripción de los delitos de corrupción
Los delitos de corrupción que, por sus efectos lesivos de
largo alcance, se cometan por funcionarios públicos al servicio de la sociedad salvadoreña, DEBEN ser declarados como delitos
imprescriptibles por la Asamblea Legislativa Esta medida ayudará a eliminar la
impunidad de tales delitos y a garantizar a las víctimas concretas y a la
sociedad en su conjunto, los derechos de acceso a la
justicia, a la verdad y, en general, a la seguridad jurídica.
De acuerdo a GOPAC y el Estatuto de Roma, Art. 7, el inciso
1K permite declarar los delitos de lesa humanidad, ya que califican bajo la
descripción de su efecto
Una simple modificación al Código
Penal y Código Procesal Penal permitirá esto en El Salvador con 43 votos de la
Asamblea Legislativa.
2.1.2. Proyecto de Reforma de Ley, presentada el 12 de
noviembre 2015